"El adjetivo que faltaba" (Por Sonia Tessa)

Viernes, 30 de julio de 2010
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Justicia

El adjetivo que faltaba

Después del fallo histórico del Tribunal Oral de Mar del Plata que condenó a Gregorio Molina por la violación reiterada de dos de sus víctimas durante la última dictadura militar, otras tres ex detenidas-desaparecidas en El Olimpo están reclamando que se amplíe la acusación contra Julio Simón y Samuel Miara para que se incluyan las violaciones que padecieron y que formaron parte del plan sistemático del terrorismo de Estado. Cada vez son más las que se animan a hablar completando el perfil de los represores: además de torturadores y asesinos, violadores.

Por Sonia Tessa
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El resto de la nota, tras el "corte":


Recién ahora, en el juicio que realiza 30 años después el Tribunal Oral Federal 2 por delitos de lesa humanidad cometidos en los centros clandestinos de detención Club Atlético, El Banco y El Olimpo, una de las víctimas pudo contar que había sido violada. Es que en aquel momento, después de haber estado secuestrada, la joven volvió a su casa toda lastimada, y su padre le preguntó: “¿Te violaron?” Lo mismo le ocurrió cuando fue a visitar a su pareja, que era preso político. Incluso, los represores fueron muy claritos al decirle, después de violarla, “andá a contarle al montonerito ése que tenés”, en referencia a su novio. Por eso, ella calló durante tanto tiempo. Ahora decidió decirlo. En el marco de ese juicio, el colectivo Justicia Ya! –que agrupa una parte de las querellas– reclamó que se indague a Julio Simón (El Turco Julián) y a Samuel Miara (Cobani) por las violaciones cometidas contra ella y otras dos compañeras, ya que las tres lo denunciaron durante el desarrollo del debate. El precedente jurídico lo dio un fallo del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, que el 9 de junio pasado condenó a Gregorio Molina por violaciones reiteradas agravadas contra dos víctimas. Los fundamentos de esa resolución dejan claro que las violaciones formaban parte del plan sistemático criminal contra la población civil y por eso son imprescriptibles. Se trata de una decisión histórica, que lleva la firma de Juan Leopoldo Velázquez, Beatriz Elena Torterola y Juan Carlos París, y abre una brecha jurídica para que la definición de represor incluya no sólo la de torturador y asesino, sino también la de violador.

En el caso de Club Atlético, El Banco y El Olimpo, el Tribunal integrado por Jorge Alberto Tassara, Ana María D’Alessio y María Laura Garrigós de Rébori responderá el pedido de ampliación de indagatoria en la audiencia del próximo 3 de agosto. Desde Justicia Ya! señalan que el planteo de la querella se hizo durante el juicio oral dado que el juez de primera instancia, Daniel Rafecas, no había indagado a los acusados por esos delitos ni tampoco por los abusos sexuales que sufrieron muchos otros cautivos. Aunque el Código Procesal limita a la fiscalía la posibilidad de peticionar en un juicio oral la ampliación de indagatoria al igual que la facultad de requerir condena, las abogadas se basan en el fallo Santillán de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Esa resolución indica que las querellas sí pueden acusar aun cuando no lo haya hecho el fiscal. Ese fallo nació de la pelea de las víctimas de gatillo fácil y accidentes de tránsito, pero esa decisión de la Corte para que las víctimas pudieran tener cualquier facultad en el desarrollo del proceso no puede ser restringida en este tribunal, sobre todo tomando en cuenta que se trata de víctimas colectivas que hace más de 30 años que están esperando que se juzguen los delitos contra ellos”, apuntó Claudia Ferrero, integrante de la Asociación de Profesionales en Lucha (APEL). Sin embargo, las profesionales saben que en una decisión de ampliación de indagatoria anterior del mismo juicio, el tribunal sólo se apoyó en el pedido de la fiscalía.

“Por una cuestión procesal, la posibilidad de pedir la ampliación de la acusación se abre cuando durante el juicio se toma conocimiento de otros delitos que no están siendo juzgados. Así, en este mismo juicio, planteamos la ampliación por homicidio de los cinco compañeros, como también lo hizo la fiscalía, y el Tribunal dio lugar. Ahora queda esta última, respecto de las violaciones”, indicó por su parte Elena Peliche, de la Asociación de Ex Detenidos y Desaparecidos, quien puntualizó que el fiscal Alejandro Alagia no acompañó este planteo en particular. “La fiscalía sabía igual que nosotros, no sé por qué no hicieron el planteo autónomamente, pero tampoco adhirieron al nuestro. Para nosotros es una cuestión política que hace rato queremos instituir en los juicios, y al fallo de Mar del Plata nos dio un antecedente fuerte”, agregó.

Peliche indició además que “el planteo relativo de las violaciones se hizo de acuerdo con los testimonios que daban cuenta de esto. Pero sabemos también que hay prisioneras que lo pasaron y no lo pueden relatar”.

En ese sentido, Ferrero apuntó que “vejación hubo de todo tipo contra mujeres y hombres. Hay muchísimos testimonios que hablan de violaciones. Esto demuestra que eran parte del plan criminal” y también admitió que es un delito de características particulares. “Tiene una connotación social que hace sentir a la víctima con alguna culpa, con lo cual debilitaban la resistencia. Este era su objetivo, por eso era parte del plan sistemático, cuyo objetivo era derrumbar al enemigo que se había definido como los subversivos que abarcaba un amplio abanico de organizaciones políticas y sociales. Las violaciones y abusos eran un instrumento más para demoler la moral y la resistencia, incluso la que mostraban los detenidos cuando estaban adentro del campo.”

Ferrero tomó, incluso, el relato de una de las víctimas, que no sólo fue violada por el Turco Julián, sino que era mantenida toda la noche despierta. Y cuando él terminaba su turno, daba órdenes de que no la dejaran dormir. De ese modo, está claro que la violación era otro método dentro del plan para quebrar a los y las militantes secuestrados. “La importancia de condenar por violación, que en este caso no aumenta el monto de la pena, porque se subsume en los otros delitos, es poner las cosas en su lugar, eran asesinos, ladrones pero también violadores. Los métodos también prueban que no era una guerra”, consideró Ferrero. En este juicio en particular, los acusados fueron parte de la patota, los ejecutores y no sólo los que tomaban las decisiones.

La presentación de la querella tomó como precedentes el fallo de Mar del Plata y también los del Tribunal Penal Internacional en los casos de Ruanda y la ex Yugoslavia. Allí se establece que no importa el objeto que se haya utilizado, ni qué tipo de contacto se produjo, sino la concepción de violación sobre el cuerpo de una víctima indefensa, secuestrada en una situación coactiva.

La profesional de APEL afirmó: “Estamos ante delitos de lesa humanidad, no es un problema político, por eso pedimos que sean indagados y condenados por delitos de violación. Además del proceso de curación de las víctimas, que en muchos casos pueden hablar por primera vez del tema, pone las cosas en su lugar en términos generales. El plan sistemático también realizó la violación dentro de los instrumentos de aniquilación dentro del campo. Incluso teniéndolos tabicados, los prisioneros y las prisioneras seguían teniendo actitudes de resistencia dentro del campo y los violadores necesitaban aniquilarlos moralmente para poder destruirlos”.

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